CIRCULAR 27/2020, 28/2020

  1. CIRCULAR 27/2020 dirigida a los almacenes generales de depósito, cámaras de compensación, casas de bolsa, casas de cambio, contrapartes centrales de valores, empresas que presten de manera profesional el servicio de transferencias de fondos, empresas que presten el servicio de remesas, fondos de inversión, instituciones de crédito, instituciones de fianzas, instituciones de financiamiento colectivo, instituciones de fondos de pago electrónico, instituciones de seguros, intermediarios que formen parte de grupos financieros, participantes del mercado de contratos de derivados listados en bolsa, personas morales interesadas en obtener la autorización por parte del Banco de México para llevar a cabo los servicios de ruteo, compensación o liquidación o cualquier combinación de estos mediante modelos novedosos, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, sociedades de información crediticia, sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, sociedades financieras de objeto múltiple, sociedades financieras populares, uniones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a la presentación al Banco de México de documentos digitales como mensajes de datos con firmas electrónicas.
  2. CIRCULAR 28/2020 dirigida a las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero relativa a las modificaciones a la Circular 3/2012 (Tasa de Interés para las Operaciones de Mercado Abierto).